Gratuidad de libros de texto

 

El abajo firmante D. Julio Roldán, portavoz del Grupo Municipal de Ciutadans­ Esplugues de acuerdo con lo que establece el Reglamento Orgánico Municipal, fórmula para su discusión y votación en el próximo Pleno Ordinario Municipal la siguiente: MOCIÓN PARA SOLICITAR LA GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución Española establece en su artículo 27.4 que: «La enseñanza básica es obligatoria y gratuita» La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación, recoge en el artículo 4.1 que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita para todas las personas y define en el articulo 3.3 que la educación primaria y la educación secundaria constituyen la educación básica.

La disposición adicional cuarta de la mencionada Ley Orgánica señala, con respecto a los libros de texto, que corresponde a los órganos de coordinación didáctica de los centros públicos, en el ejercicio de la autonomía pedagógica, adoptar los libros de texto y demás materiales que hayan de utilizarse en el desarrollo de las diversas enseñanzas, que deberán adaptarse al rigor científico adecuado a las edades del alumnado y al currículo aprobado por cada Administración Educativa.

El artículo 88.2 de la Ley 01-gánica 3/2006 establece que las Administraciones Educativas dolarán a los centros de los recursos necesarios para hacer posible la gratuidad de la enseñanza básica. La mayoría de los países del entorno europeo y numerosas Comunidades Autónomas han dispuesto diferentes sistemas para hacer efectiva la gratuidad de los libros de texto. Las Asociaciones de madres y padres han venido reclamando sistemáticamente en los últimos años la gratuidad de los libros de texto.

La Ley de 12/2009 de 1O de Julio de Educación de Cataluña establece en su artículo 5 que, son enseñanzas obligatorias, gratuitas y universales, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria.

En ese mismo sentido la Ley de Educación de Cataluña, en el artículo 50 establece que la Administración educativa debe garantizar los recursos públicos para hacer efectiva la gratuidad de las enseñanzas obligatorias y de las declaradas gratuitas.

La Ley de Educación de Cataluña entre los principios que rigen la gestión de los recursos económicos del sistema educativo está el principio de suficiencia y estabilidad presupuestaria, por el cual la Generalidad debe dotar al sistema educativo de los recursos económicos necesarios para garantizar la suficiencia económica derivada de la gratuidad de las enseñanzas a las que se refiere el artículo 5.2, establecidos en la programación educativa, y para alcanzar sus objetivos.

La Defensora del Pueblo afirma que «las actuales políticas de gratuidad de los libros de texto no agotan las obligaciones que se derivan para los poderes públicos del carácter necesariamente gratuito con que deben proporcionarse a los alumnos todos los medios precisos para cursar enseñanzas obligatorias, ya que solo cubren, y no de manera completa un capítulo de los gastos educativos que cada curso deben realizar las familias para la escolarización obligatoria de sus hijos.

Es por tanto conveniente, que la Comunidad Autónoma de Cataluña aborde la financiación de los libros de texto, teniendo en cuenta que la gratuidad de la enseñanza es un objetivo que se alcanzara gradualmente.

Por todo ello, desde el Grupo Municipal de Ciutadans-Esplugues (C»s) proponernos en Pleno Municipal la adopción de los siguientes acuerdos:

 Primero.- Instar al Gobierno de la Generalitat de Cataluña, a que presente de cara al curso escolar 2016-2017 un programa de Gratuidad de Libros de Texto para la Educación Obligatoria que incorpore:

  • La creación de un banco de libros público, que surge de la devolución de los mismos por las familias. Las familias podrán adquirir los libros para el siguiente curso de forma totalmente gratuita, si los devuelven en buenas condiciones de
  • Implantación progresiva del programa de gratuidad, ya que los recursos destinados a Educación no deben contemplarse como un gasto sino como una inversión.
  • A substituir, paulatinamente, y siempre bajo criterios pedagógicos, los libros de texto, por contenidos de carácter
  • Garantía de existencia de los créditos necesarios en los presupuestos anuales.

Segundo.- Instar al Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat a realizar las siguientes actuaciones:

  • Dotación en una partida presupuestaria en el presupuesto municipal para el año 2016 y siguientes con el fin de poder ejecutar el Plan de Gratuidad de

Libros de Texto para aquellas familias con rentas bajas a partir del curso escolar 2016-2017.

Realizar un estudio del importe económico a destinar en el presupuesto municipal y, a entregar a cada una de las familias por cada uno de los hijos escolarizados en la Educación Obligatoria a la espera de que el Departament d’Educació de la Generalitat haga frente en su totalidad al Plan de Gratuidad de Libros de

  • A poner este Plan Escolar en marcha para la Educación Primaria y Escolar con objeto de garantizar los libros a los niños y niñas de las familias más necesitadas y de esta forma aliviemos la carga que supone para muchos no saber cómo podrán pagar los libros de sus hijas e
  • Dar traslado de dicha moción al Consejo Escolar Municipal, AMPAS y Centros educativos de toda la localidad para estudiar la puesta en marcha del Plan Escolar para la adopción de los acuerdos necesarios para garantizar la dotación presupuestaria que corresponda al divulgar este programa mediante todos los medios de comunicación al alcance del Ayuntamiento

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